jueves, 14 de junio de 2018

Líneas interurbanas deberán incorporar unidades adaptadas para personas con movilidad reducida

En un fallo similar a uno reciente referido a las líneas urbanas, la Cámara en lo Contencioso Administrativo hizo lugar a una presentación del defensor del Pueblo, Gustavo Corregido, y ordenó a la Subsecretaría de Transporte de la Provincia cumplir con las leyes que garantizan accesibilidad a las personas con discapacidad. La instrumentación podrá ser gradual






Un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo ordenó a la Subsecretaría de Transporte de la Provincia del Chaco, a cargo de Roberto Medina, que se apliquen las normativas correspondientes y se garantice la accesibilidad al transporte público a las personas que presentan algún tipo de discapacidad. Así, el organismo provincial que depende del Ministerio de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos deberá disponer que las empresas de transporte público de las líneas interurbanas incorporen unidades acondicionadas para que puedan ser abordadas por personas con movilidad reducida, de acuerdo a una presentación realizada por el defensor del Pueblo del Chaco, Gustavo Corregido.

La sentencia, que difunde como adelanto este CHACODIAPORDIA.COM, fue dictada este lunes 11 de junio, y lleva la firma de los camaristas Antonio Luis Martínez y Gloria Cristina Silva. El fallo posee los mismos fundamentos a uno dictado hace casi un mes por el mismo tribunal pero que se dirigía al Municipio de Resistencia en referencia a las líneas de transporte de colectivos urbanas que se encuentran bajo su jurisdicción.

En concreto, el fallo hace lugar al mandamiento de ejecución impulsado por el defensor del Pueblo para que el Subsecretaría de Transporte provincial dé cumplimiento a lo dispuesto por las leyes Nº 22.431 (modificada por la ley 24.314, vigente desde 1994), la ley provincial Nº 794-H- en cuanto a la “eliminación de las barreras de accesibilidad en el transporte público”. En consecuencia, ordenó que “se dicte la reglamentación pertinente y eficaz, disponiendo la incorporación gradual y proporcional de unidades con adaptación especial para personas con discapacidad y movilidad reducida”.

Las empresas, una por una

En base a las constataciones realizadas en las empresas concesionarias del servicio de transporte de pasajeros interurbanas, se concluyó que las empresas La Cordial SRL y Micro Bus SRL no cuentan con ninguna unidad con rampas para personas con movilidad reducida; en tanto, Ataco Norte SA contaba con seis unidades con rampa sobre un total de 23 y Ersa Urbano con siete unidades sobre un total de 65.

No hay comentarios:

Publicar un comentario